Todo sobre la prescripción de las deudas

junio 23, 2023 Deudas, Legal

Todos nos hemos preguntado alguna vez si las deudas prescriben. Si los yogures caducan, pues las deudas también. Un razonamiento impecable, pero la realidad es algo diferente. Acompáñanos para saber más sobre la prescripción de las deudas dentro del ámbito legal. Mientras puedes comerte un yogur.

Definición y regulación

Según la RAE la “prescripción extintiva” es el modo de extinguirse un derecho como consecuencia de su falta de ejercicio durante el tiempo establecido por la ley.

Así la prescripción de deudas es una forma de extinción de las acciones para el cobro de una deuda por el paso del tiempo. Determina que un deudor puede liberarse de su deuda sin pagar, si se cumplen una serie de requisitos, uno de los cuales es el paso de un periodo de tiempo sin reclamaciones por parte del acreedor.

La prescripción viene regulada en los artículos 1961 a 1975 del Código Civil español y en concreto establece que lo que se extingue es el derecho a la acción judicial, y no la deuda en sí misma.

Plazos a tener en cuenta

El plazo de prescripción de una deuda en términos generales, según lo establecido en el Código Civil, es de 5 años. Hay diferentes periodos de prescripción en función de la naturaleza de la deuda. A continuación, indicamos algunos de los más frecuentes:

  • Deudas hipotecarias: prescriben a los 20 años.
  • Deudas por impago de suministros (telefonía, agua, otros): prescriben a los 3 años.
  • Deudas por impago de alquiler: prescriben a los 5 años.
  • Deudas por impago de pensión de alimentos: prescriben a los 5 años.
  • Deudas con la Seguridad Social: prescriben a los 4 años.
  • Deudas con la Agencia Tributaria: prescriben a los 4 años.
  • Deudas de tarjetas de crédito: prescriben a los 5 años.

Por poner un ejemplo, en el caso de los préstamos, empieza a contar el plazo de prescripción desde que se dejó de pagar la cuota y el banco dio por vencido el préstamo, y por obligado al pago de la totalidad que quede pendiente.

Pero también es muy importante que sepas, que las deudas no prescriben automáticamente una vez han transcurrido esos plazos, ya que el acreedor de la deuda tiene la potestad de interrumpir ese plazo.

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Interrupción de la prescripción

El Código Civil establece que “la prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor”.

La interrupción de la prescripción implica la constatación de una situación de hecho que es la falta de reclamación de la deuda la cual, si se continúa sin ejecutar, se convertirá en una situación de derecho: la prescripción de la deuda.

Esto quiere decir que, mediante el envío de una simple carta de reclamación de deuda, se interrumpe el plazo para evitar la prescripción de una deuda. Es importante tener en cuenta que así de fácil es interrumpir la prescripción y vuelve a comenzar el plazo correspondiente.

Si tiene lugar alguna de estas acciones, la deuda no prescribirá en el plazo señalado, y lo más habitual es que así ocurra.

Conclusión

  • El fundamento de la prescripción es la necesidad de poner fin a la incertidumbre de los derechos por abandono del titular del derecho a reclamarlo.
  • La prescripción ha de ser alegada por la parte que considera extinguido el derecho.
  • La prescripción puede ser interrumpida por acto, lo que hace que vuelvan a contarse los plazos. Es importante estar atentos a cualquier reclamación incluida la publicación de edictos judiciales.

No esperes más

Dejar pasar el tiempo para que prescriba tu deuda no es la mejor solución. No hacerse cargo de las deudas te puede llevar a tener que pagar no solo el importe de la misma sino intereses de demora y los gastos judiciales, en su caso.

Si te encuentras en una situación por la que no puedes pagar tus deudas, existe una solución legal para cancelarlas. La Ley de Segunda Oportunidad te permite la posibilidad de cancelar tus deudas y empezar de cero, siempre y cuando cumplan los requisitos.

 

¡No malgastes tu tiempo y llámanos! ¡Pasa a la acción!

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“El tiempo es la cosa más valiosa que el hombre puede gastar”. Teofrasto.

 

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