Si no estoy en impago ¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

octubre 24, 2023 Ley de Segunda Oportunidad

La insolvencia es la incapacidad que tiene una persona o empresa para pagar a tiempo sus obligaciones económicas o deudas. Los motivos para llegar a esa situación pueden ser muy variados.

Cuando contraemos obligaciones financieras es fundamental planificar previamente su devolución para evitar problemas económicos. No hacerlo puede ocasionar un desbalance en nuestras finanzas que nos impediría cumplir con dichas deudas económicas a tiempo y que nos llevaría a nosotros, o a nuestro negocio, a ser insolvente. Para impedirlo, debemos tener en cuenta los plazos pactados, la cuantía de las cuotas o estar preparados para cubrir algún imprevisto, como la disminución o pérdida de ingresos o un aumento inesperado de gastos. Aunque a veces, aun así, simplemente suceden contratiempos.

La normativa concursal es compleja para el común de los mortales, pero rica en soluciones que los expertos en insolvencias saben utilizar. Estas reglas de juego cambian continuamente, tanto por las sucesivas modificaciones legislativas como por el tipo de problema y el momento en que se pueda o decida actuar. Veamos un poco más al respecto.

Analizando la insolvencia

Tras la entrada en vigor de la reforma concursal se ha producido un cambio estructural en el modelo de gestión de la insolvencia. De hecho, el propio concepto de insolvencia se ha expandido para facilitar el perdón de las deudas y dar la oportunidad a las personas físicas, empresarios o no, de continuar con sus proyectos.

A partir de ahora, el deudor puede analizar si su insolvencia es probable, inminente o actual, y se aplicará la normativa en consecuencia. La reforma pretende que el deudor anticipe y avise sobre su insolvencia, siempre que busque su viabilidad, y pueda involucrar a todos sus acreedores en la solución.

Por eso, el nuevo texto promueve el mecanismo de segunda oportunidad, para que los empresarios o personas físicas vean exoneradas sus deudas después de un tiempo razonable.

Tipos de insolvencia

La insolvencia puede ser actual, inminente o probable. Estos tipos se encuentran recogidos en la Ley Concursal:

  • La insolvencia actual es cuando ya no estamos pudiendo pagar nuestras deudas de forma regular y tenemos impagos.
  • La insolvencia inminente es cuando prevemos que no podremos cumplir regularmente con nuestras obligaciones de pago en un futuro.
  • La insolvencia probable se produce cuando es objetivamente previsible que, si no se consigue un plan de reestructuración, no podremos cumplir las obligaciones que venzan en los próximos dos años.

Los tres tipos de insolvencia son aptos para acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad y reestructurar las deudas. No se requiere de ningún requisito particular para declararse insolvente en España, tan solo hay que demostrar, documentalmente normalmente, ser verdaderamente insolvente.

Como declararse insolvente

A día de hoy, por culpa de las numerosas crisis económicas, muchas personas no pueden pagar sus deudas. Esta situación genera mucho malestar a las personas que la sufren, recibiendo constantes llamadas de acoso y cartas de cobro. Para salir de esta situación, lo primero que debemos hacer es declararnos insolventes.

Ser insolvente significa estar en una difícil situación económica, donde no podemos pagar regularmente las deudas que tenemos a nuestro cargo. Esto ocurre cuando nuestro activo (lo que tenemos) es menor a nuestro pasivo (lo que debemos), y hemos superado nuestra capacidad de endeudamiento.

Este es precisamente el requisito básico para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad: ser insolvente. En España actualmente puede declararse insolvente cualquier persona física y jurídica. Tanto si eres un particular, autónomo o empresario, como si eres una empresa.

Particulares, autónomos y empresarios deberán acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, mientras que las empresas deberán hacer el concurso de acreedores que les corresponde.

Resumen

En Creditaria somos expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad gracias a la eficacia de nuestros abogados especialistas. Por ellos destacamos la importancia de adoptar medidas ante el menor atisbo de insolvencia. Sin embargo, en la práctica aún no ocurre así.

Si te encuentras en una situación de insolvencia y no puedes pagar todas las deudas, o prevés que en breve no vas a poder hacerlo, ponte en contacto con nosotros.

Estudiaremos tu caso para valorar si puedes cancelar tus deudas con esta ley. Recuerda, la anticipación es clave ¡No esperes a que sea demasiado tarde!

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“Si nunca pensamos en el futuro, nunca lo tendremos”. John Galsworthy.

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