Dación en Pago: qué es, cómo funciona y qué impuestos conlleva

julio 15, 2025 Dación en pago

Cuando una familia o persona no puede seguir pagando su hipoteca, la dación en pago puede convertirse en una solución real y liberadora: entregar la vivienda al banco y cancelar así la deuda pendiente.

Pero aunque pueda parecer una vía rápida para salir de un problema económico, la dación en pago conlleva una serie de impuestos y trámites que hay que conocer bien. En este artículo te explicamos de forma sencilla qué es, qué implica legal y fiscalmente, y por qué es importante contar con asesoramiento experto.

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¿Qué es exactamente la dación en pago?

La dación en pago es un acuerdo voluntario entre el deudor (la persona que no puede pagar su hipoteca) y el acreedor (normalmente un banco), mediante el cual se entrega la vivienda a cambio de cancelar la deuda pendiente.

No se trata de un proceso judicial, ni de un embargo. Es una fórmula negociada que evita el desahucio y permite cerrar una etapa sin arrastrar deudas.

Eso sí, el banco no está obligado a aceptarla: por eso es tan importante saber cómo plantearla, en qué condiciones, y tener un respaldo legal que defienda tus derechos.

¿Y qué impuestos tengo que pagar si hago una dación en pago?

Aunque se cancele la deuda entregando el piso, la operación se considera una “transmisión de propiedad”, y como tal genera impuestos. Veamos los principales:

1. Plusvalía Municipal (IIVTNU)

Es un impuesto local que grava el incremento de valor del suelo urbano desde que se compró la vivienda hasta que se entrega al banco.

  • Lo debe pagar el deudor que entrega la vivienda.

  • Se paga aunque no se haya ganado dinero con la operación.

  • Algunos ayuntamientos permiten bonificaciones o exenciones si se trata de vivienda habitual y se cumplen ciertos requisitos.

    2. IRPF: Ganancia o pérdida patrimonial

A efectos fiscales, se entiende que al entregar la vivienda puedes haber ganado (o perdido) dinero respecto al valor por el que la compraste. Esto puede hacer que tengas que declarar una ganancia en la renta.

Pero hay una buena noticia:
Desde 2014, si te encuentras en situación económica vulnerable (lo que se conoce como “umbral de exclusión”), Hacienda te exime de pagar IRPF por esta operación.

Nuestro equipo puede ayudarte a comprobar si cumples estos requisitos y preparar la documentación necesaria para que no tengas que tributar por esta operación.

3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Este impuesto varía según la comunidad autónoma, pero suele oscilar entre el 6 % y el 10 % del valor de la vivienda o del importe de la deuda pendiente.

  • En la dación en pago, el impuesto se calcula sobre la deuda que se cancela, no sobre el valor de mercado del inmueble.

  • En algunos casos, el banco puede asumir el pago, pero no está obligado a ello, salvo que se pacte expresamente.

Importante: este impuesto debe liquidarse en los 30 días hábiles siguientes a la firma ante notario.

¿Por qué es tan importante contar con asesoramiento legal?

Porque aunque la dación en pago puede ser una salida, no siempre se aplica bien ni se conoce todo lo que conlleva. En muchos casos, personas que pensaban que quedaban libres de su deuda acaban recibiendo:

  • Requerimientos de Hacienda

  • Liquidaciones inesperadas

  • Sorpresas en la declaración de la renta

Además, si no se negocia correctamente, el banco puede quedarse con la vivienda pero no cancelar el 100 % de la deuda, dejándote con una parte pendiente.

¿Cómo podemos ayudarte?

En Creditaria Estudio Legal, somos expertos en daciones en pago, negociaciones bancarias y fiscalidad inmobiliaria. Te ayudamos en todo el proceso:

✅ Valoramos si puedes acogerte a la dación
✅ Negociamos con la entidad para cancelar toda la deuda
✅ Revisamos que no tengas que pagar IRPF si estás en situación vulnerable
✅ Calculamos y tramitamos los impuestos para evitar errores
✅ Te acompañamos ante notaría, Hacienda y registro

La dación en pago es una salida, pero no vayas solo

Si estás en una situación difícil con tu hipoteca, la dación en pago puede ser tu segunda oportunidad. Pero como cualquier camino legal, conviene recorrerlo bien acompañado y bien informado.

En Creditaria te ayudamos a tomar la mejor decisión, sin sorpresas fiscales ni errores que te cuesten dinero después.

 ¿Tienes dudas? ¿Quieres saber si puedes beneficiarte de esta opción?
Contáctanos y valoraremos tu caso gratuitamente.

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