Cuestiones prejudiciales planteadas a Europa sobre la Ley de Segunda Oportunidad

enero 16, 2024 2ª Oportunidad

Las deudas no necesariamente son malas, existen deudas buenas que nos permiten adquirir bienes de alto valor, que de otro modo no podríamos. Pero cuando se abusa de las tarjetas de crédito y préstamos o cuando ocurre una situación desafortunada que nos impide continuar con el pago de las cuotas, surgen los problemas financieros.

La Ley de la Segunda Oportunidad es una esperanza para los deudores, porque introdujo poder exonerarse de las deudas de forma directa o mediante un nuevo plan de pagos o mediante un acuerdo de reestructuración. Sin embargo, desde la transposición de la Directiva 2017/1023 del Parlamento Europeo, esta normatividad ha sufrido importantes modificaciones. Conoce todo sobre las cuestiones prejudiciales planteadas a Europa sobre esta ley en esta nueva edición del Blog.

El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es favorecer la permanencia en el circuito de la economía de personas físicas y autónomas que no pueden hacer frente a sus deudas. En otras palabras, es una oportunidad para aquellas personas que buscan deshacerse de sus deudas y comenzar de cero.

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Cómo afectó la reforma de la Ley Concursal a la Ley de Segunda Oportunidad

Hace unos meses se cumplió un año de la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal de Septiembre del 2022. La reforma provocó un cambio de paradigma en el régimen de la Ley de Segunda Oportunidad, lo que causó un gran avance que se puede comprobar con el incremento en el concurso de persona física que superaron a las de las sociedades.

Evidentemente, la nueva reforma concursal no es perfecta y se ha desarrollado discrepancias con la Directiva Europea. Esto ha llevado a plantear a Europa los problemas que está generando esta nueva reforma, con la esperanza que Europa se pronuncie al respecto y cambie la normativa española. A continuación, os informaremos de las cuestiones prejudiciales que se han planteado a Europa y que esperamos que cambie la Ley Concursal, para hacer más accesible la segunda oportunidad a las personas y empresas que verdaderamente necesitan salir adelante.

Cómo afectó la reforma al EPI

Uno de los problemas de la regulación del EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) derivado de la reforma, es la limitada exoneración del crédito público, ya que se ha limitado el acceso a los empresarios. Puesto que muchos empresarios han tenido un fracaso empresarial acarreando deudas con las administraciones públicas que impedían volver a empezar.

Las autoridades han concedido de manera limitada la exoneración del crédito público en base a el art. 489.1. 5ª TRLC, donde las personas físicas y autónomos que cumplieran una serie de requisitos legales podrán optar a la exoneración de las deudas hasta un máximo de 10.000€.

Cuestiones prejudiciales

El Tribunal de Marcas de la Unión Europea y la Audiencia Provincial Alicante plantean cuestiones del artículo 23.4 de la Directiva Europea, el cual se encarga de regular las situaciones en las que los estados miembros pueden excluir o limitar el acceso a la exoneración de deudas y establece los plazos prolongados si las exclusiones se encuentran debidamente justificadas.

  • Listado de créditos exonerables

Esta cuestión fue presentada en octubre del 2022, para tratar el listado de créditos exonerables de la Directiva Europea, ya que este es exhaustivo. Esta resolución por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría presentar la oportunidad de exonerar créditos públicos para el 2024.

  • Exclusión de los créditos públicos de la exoneración

Se centra en la exclusión de los créditos públicos, si el TJUE considera la normativa española que es contraria al derecho europeo, podría suponer un cambio en el régimen de exoneración de deudas de derecho público. Esta cuestión se formuló en enero del 2023.

  • Exclusión de deudas por infracciones y derivación de responsabilidad

Esta cuestión es planteada por la exclusión de deudas por infracciones o acuerdos de derivación de responsabilidad. Aquí se discute la cantidad límite a exonerar en deudas de derecho público.

También se cuestiona sobre si el legislador puede imponer nuevos requisitos, con base en los artículos 23.4 y 23.2 de la Directiva Europea. En caso de que la exclusión se considere contraria al derecho europeo, podría permitir que los que han sido objeto de un acuerdo de derivación accedan a la exoneración.

  • Infracción fraudulenta o negligente

Esta cuestión surge con la introducción de una nueva exigencia para acceder a la segunda oportunidad, que implica no haber sido sancionado en los últimos 10 años por infracciones muy graves en materia tributaria, de orden social o de seguridad social.

Se debate si esta normativa es o no adecuada cuando la infracción no se cometa con intenciones fraudulentas, sino de manera negligente por desconocimiento. La resolución de Europa podría eliminar la exclusión para las personas sancionadas por actos negligentes.

  • Relevancia de la buena fe

Aquí se plantea la relevancia de buena fe, excluyendo la exoneración en ciertos casos y cuestionando la justificación de las prohibiciones para acceder, por lo que se evalúa si las exclusiones de los créditos de las administraciones públicas se justifican debidamente.

Conclusión

Como veis, el 2024 será un año clave con varias novedades en la Ley de Segunda Oportunidad derivadas de posible resolución de todas las cuestiones planteadas anteriormente. Que podrían presentar grandes cambios en beneficio de los deudores.

Si quieres conocer más sobre esta ley o si necesitas acogerte a ella, no dudes en contactarnos, nuestros expertos están listos para ayudarte a deshacerte de tus deudas.

“La justicia puede adormecerse un poco, pero al final ve claro”. Thomas Middleton.

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