Tasas Aeroportuarias ¿ Se pueden reclamar?
¿Qué ha dicho la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre Volotea… y por qué te importa?
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado la Sentencia 1374/2025, de 2 de octubre, en un caso contra la aerolínea Volotea que afecta directamente a miles de pasajeros.
La clave es muy simple:
El Tribunal Supremo declara nula la cláusula de Volotea que cobraba 5 € por pasajero y trayecto en concepto de “gastos de gestión” cuando el cliente pedía la devolución de las tasas aeroportuarias de un vuelo que no había utilizado.
Traducido a lenguaje normal:
Si no volabas, Volotea se quedaba con el dinero del billete, pero además quería cobrarte por devolverte unas tasas que ella misma no tenía que pagar porque no habías llegado a embarcar.
La Sala de lo Civil lo deja claro: ese tipo de cláusula es abusiva y no puede utilizarse.
¿Qué son las tasas aeroportuarias y por qué deberían devolverte el dinero?
Cuando compras un billete de avión, en el “precio final” van incluidos varios conceptos:
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Tarifa aérea (lo que cuesta realmente el transporte).
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Tasas aeroportuarias y de seguridad.
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Otros recargos y suplementos.
Las tasas aeroportuarias son importes que la aerolínea paga al aeropuerto, pero solo si tú vuelas.
Si al final no utilizas el billete, esas tasas no se devengan y la compañía no tiene que pagarlas.
Por eso, el Tribunal Supremo entiende que:
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La aerolínea no pierde nada por devolverte esas tasas.
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No tiene sentido que te cobre un “gasto de gestión” por devolverte un dinero que no le pertenece.
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Imponer un coste por reclamar puede desanimar al pasajero a ejercer sus derechos.
Lo que confirma la Sala de lo Civil: tus derechos como pasajero
Con esta sentencia de la Sala de lo Civil, el Tribunal Supremo refuerza varias ideas importantes:
- Si no has volado, puedes reclamar la devolución de las tasas aeroportuarias.
- Cobrarte una cantidad fija (como esos 5 € por trayecto y pasajero) solo por tramitar esa devolución puede ser abusivo.
- Las cláusulas que ponen trabas económicas o burocráticas para que reclames pueden ser anuladas.
Y aunque el caso concreto sea contra Volotea, el criterio de la Sala de lo Civil afecta a cualquier aerolínea que utilice cláusulas parecidas.
¿Te has quedado sin volar y crees que te han cobrado de más?
Es muy posible que hayas vivido alguna de estas situaciones:
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No pudiste volar por enfermedad, trabajo u otro imprevisto.
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La aerolínea se negó a devolverte nada del billete.
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Te hablaron de “tasas” pero te cobraron por reclamarlas.
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Nunca te explicaron de forma clara qué parte del precio eran tasas y qué parte era tarifa.
Con la doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, merece la pena revisar tu caso. Puede que tengas derecho a recuperar parte de tu dinero.
¿En qué podemos ayudarte desde nuestro despacho?
En nuestro despacho analizamos tus billetes y condiciones de la aerolínea para comprobar:
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Si te han cobrado gastos de gestión abusivos.
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Si han dejado de devolverte tasas que deberían haberte reembolsado.
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Si existen otras cláusulas nulas o desequilibradas en tu contrato de transporte aéreo.
Y a partir de ahí:
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Reclamamos en tu nombre ante la aerolínea.
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Negociamos para conseguir la máxima recuperación posible de tu dinero.
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Si es necesario, ejercitamos acciones judiciales apoyándonos en la doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (Sentencia 1374/2025).
Si has perdido un vuelo, has renunciado a viajar o te han cobrado “gastos de gestión” para devolverte tasas:
Envíanos tu billete y las comunicaciones con la aerolínea y revisamos tu caso sin compromiso.
Te explicaremos de forma clara:
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Qué parte del importe podrías recuperar.
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Si la cláusula que te aplicaron puede considerarse abusiva según la Sala de lo Civil.
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Qué pasos concretos podemos dar para reclamar en tu nombre.
Contacta con nosotros, cuéntanos qué ha pasado con tu vuelo y deja que nuestro equipo jurídico se encargue del resto.
Firmado por:
D. Gonzalo Bellon de Aguilar
Director de Creditaria Estudio Legal

