Perder el control de una hipoteca es una de las situaciones más duras a nivel económico y emocional. Cuando pagar la cuota se vuelve imposible y la deuda crece mes a mes, es normal preguntarse:
“¿Puedo entregar mi casa al banco y cancelar la hipoteca?”
La respuesta es sí… pero no siempre, y ahí entra en juego la dación en pago, una alternativa legal que puede convertirse en una auténtica salvación financiera si se gestiona bien.
En este artículo te explicamos, de forma clara y sin tecnicismos, cómo funciona, qué requisitos existen y cómo podemos ayudarte a defender tus derechos frente a la entidad bancaria.
La dación en pago es un acuerdo mediante el cual una persona entrega su vivienda al banco a cambio de que se cancele toda la deuda hipotecaria, aunque el inmueble valga menos que lo que queda pendiente de pagar.
Suena perfecto, ¿verdad? Pues por eso mismo es una figura tan limitada:
el banco tiene que aceptarla voluntariamente.
No es automática, no es obligatoria y no aparece por defecto en la mayoría de contratos hipotecarios.
Pero cuando se consigue, significa:
Poner fin a la deuda de forma definitiva
Evitar intereses, reclamaciones y subastas
Detener procedimientos de ejecución hipotecaria
Cerrar una etapa financiera insostenible
Aunque cada caso debe estudiarse individualmente, lo habitual es que las entidades bancarias acepten esta opción cuando el deudor se encuentra en situación de vulnerabilidad o cuando el inmueble es la vivienda habitual.
Algunos factores que suelen influir:
Pérdida de empleo, separación, sobreendeudamiento o reducción drástica de ingresos.
Meses de impago, riesgo de ejecución o cuotas completamente desproporcionadas.
El banco estudia mejor la propuesta cuando el deudor demuestra voluntad de solucionar la situación.
El banco quiere asegurarse de que el inmueble mantiene unas condiciones adecuadas.
Aun así, cada entidad tiene sus propios protocolos internos y la negociación suele ser compleja si no se cuenta con asesoramiento legal.
Si se logra, las ventajas son muy relevantes:
Por ley, una vez formalizada la dación, la deuda queda saldada íntegramente.
Se cierran embargos, procesos judiciales y recargos.
Sin cargas, sin intereses y sin que el banco pueda reclamar el resto de la deuda más adelante.
Para muchas personas, la dación en pago significa recuperar tranquilidad y evitar años de litigio.
No todo es positivo, y es importante tenerlo claro:
La entidad tiene la última palabra y puede rechazar la solicitud.
Es una solución, pero implica renunciar a la propiedad.
En algunos casos se genera ganancia patrimonial, aunque muchas personas pueden quedar exentas.
Por ejemplo, seguir pagando una parte o asumir deudas accesorias.
No debes firmar nada sin revisión legal.
Sí. Si la negociación falla, puedes estudiar otras vías:
Reestructuración de la deuda
Carencia temporal de capital
Quita parcial
Venta con consentimiento del banco
Ley de Segunda Oportunidad, con la que incluso puedes cancelar la deuda sin perder la vivienda en algunos supuestos
Por eso es crucial analizar tu caso desde el inicio con un abogado especializado en derecho bancario y soluciones de insolvencia.
En nuestro despacho trabajamos cada día con personas que atraviesan situaciones económicas límite. Nuestro objetivo es claro:
💬 Negociar directamente con el banco para obtener el mejor resultado posible
🏛️ Protegerte jurídicamente durante todo el proceso
📄 Evitar cláusulas abusivas o condiciones ocultas
✔ Estudiar alternativas si la dación no procede
🔎 Explicarte con claridad qué opción es la más favorable para ti
La experiencia nos ha enseñado que la diferencia entre un “no” del banco y una dación en pago aprobada casi siempre está en la estrategia y la defensa jurídica.
Firmado por:
Gonzalo Bellon de Aguilar
Director de Creditaria Estudio Legal