Aparte de la Dación en Pago, los mecanismos más utilizados en España para afrontar la insolvencia económica son el Concurso de Acreedores y la Ley de Segunda Oportunidad. Ambos buscan dar una salida legal a quienes ya no pueden cumplir con sus obligaciones financieras, pero su aplicación y sus efectos son diferentes.
En este artículo te explicamos las diferencias, cómo funcionan y cuál puede ser la mejor opción según tu situación.
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La insolvencia personal es la situación en la que una persona física no puede cumplir con el pago de sus deudas. En España, este problema ha crecido en los últimos años, afectando tanto a particulares como a autónomos.
Para acogerse a un mecanismo de liquidación de deudas no basta con alegar insolvencia: es necesario demostrarla y cumplir con requisitos específicos.
Aquí puedes consultar los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad está regulada por la Ley 25/2015 y el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020). Su objetivo es ayudar a personas físicas y autónomos que se encuentran en situación de insolvencia.
Permite:
Renegociar deudas mediante acuerdos con acreedores.
Exonerar deudas, liberando total o parcialmente al deudor.
Reestructurar el pago de la deuda restante, garantizando que no afecte a los gastos básicos de la persona o su familia.
En definitiva, es un mecanismo pensado para dar una segunda oportunidad real a quienes no pueden asumir sus obligaciones financieras.
El Concurso de Acreedores es un procedimiento judicial regulado por la Ley Concursal. Se aplica tanto a empresas (personas jurídicas) como a particulares en determinadas circunstancias.
Sus principales características son:
Tiene como objetivo la liquidación de bienes del deudor para pagar a los acreedores el máximo posible.
Puede ser voluntario (cuando lo solicita el deudor) o necesario (cuando lo solicitan los acreedores).
Interviene un administrador concursal, encargado de gestionar el patrimonio y buscar soluciones de pago.
Es el mecanismo más utilizado en empresas que atraviesan crisis económicas graves y que ya no pueden sostener su actividad.
Aunque ambos procedimientos son herramientas legales para la exoneración o liquidación de deudas, existen diferencias fundamentales:
Diseñada para personas físicas y autónomos.
Puede terminar en la exoneración total o parcial de deudas.
Permite conservar bienes básicos y un mínimo vital para el deudor.
Orientado principalmente a empresas (personas jurídicas).
Su objetivo es la liquidación ordenada de activos para pagar a acreedores.
Los costes del procedimiento recaen sobre el deudor.
En resumen: la Ley de Segunda Oportunidad busca liberar al particular de sus deudas y darle una nueva vida financiera; el Concurso de Acreedores, en cambio, busca liquidar el patrimonio de una empresa o persona para saldar obligaciones pendientes.
En Creditaria Estudio Legal nos especializamos en los principales mecanismos de exoneración y liquidación de deudas:
Ley de Segunda Oportunidad
Concurso de Acreedores
Dación en Pago
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