La figura legal de las parejas de hecho se creó para proteger la unión de las parejas que no desean casarse, pero si quieren registrar su unión legalmente, con lo que adquieren ciertos beneficios de las parejas casadas.
Es importante conocer las implicaciones legales, derechos y obligaciones de esta figura, ya que existen situaciones como la Dación en Pago que pueden causar problemas y dudas, en especial cuando se tiene una vivienda compartida y uno de los integrantes de la pareja desea acogerse a este mecanismo de liquidación de deudas.
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Las parejas de hecho mantienen una relación afectiva de convivencia estable, pero que no están unidas por un matrimonio. Sin embargo, no existe una ley nacional única que regule a este tipo de unión, ya que cada Comunidad Autónoma tiene su propio marco normativo por lo que puede variar según el lugar de residencia. Las parejas de hecho deben cumplir ciertos requisitos como registrar a la pareja, vivir juntos de manera estable durante un tiempo determinado, por lo general de uno a tres años, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
Al igual que los matrimonios convencionales, las parejas de hecho tienen derechos y obligaciones, pero con ciertas diferencias con los matrimonios.
Las parejas de hecho registradas pueden acceder a ciertos derechos relacionados con herencias, pensión de viudedad (con algunas limitaciones), cobertura sanitaria, entre otros.
Las parejas de hecho no se encuentran sujetas al régimen patrimonial como la sociedad ganancial, sino que su régimen económico es el de separación de bienes, a menos que no acuerden lo contrario. La sociedad con bienes separados implica que cada miembro de la pareja es propietario de lo que se adquiera.
A pesar de que las parejas de hecho no tienen las mismas obligaciones de los matrimonios como la de asistencia mutua en caso de divorcio, si tienen ciertas responsabilidades como la de contribuir económicamente a las cargas del hogar.
La Dación en Pago es un mecanismo legal de liquidación de deudas que consiste en entregar la vivienda habitual al acreedor como pago parcial o total de la deuda. Cuando una pareja de hecho tiene una vivienda en común y uno de los miembros desea acogerse a la Dación, puede haber implicaciones complejas como las siguientes:
Si el inmueble se encuentra registrado a nombre de ambos miembros de la pareja de hecho, ambos tienen derechos sobre ella, a menos que se estipulará lo contrario mediante un contrato de separación de bienes. Esto implica que si uno de los miembros de la pareja desea entregar la vivienda al banco a través de la Dación en Pago necesita el consentimiento de la otra parte lo que puede llevar a problemas en la relación y causar su disolución.
Si las partes no logran ponerse de acuerdo en cuanto a la Dación en Pago la parte que no quiere ceder la vivienda puede iniciar un proceso judicial para evitar que la Dación en Pago continue.
Es importante considerar que la dación en pago puede no ser suficiente para cubrir toda la deuda hipotecaria en algunos casos. Si la vivienda es entregada y el banco no acepta la deuda en su totalidad, el miembro que se acoge a este proceso podría seguir siendo responsable de la diferencia. Además, si hay una hipoteca compartida, el otro miembro también podría verse afectado por esta deuda residual.
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Las parejas de hecho en España tienen una serie de derechos y obligaciones, aunque no siempre cuentan con la misma protección que los matrimonios en ciertos aspectos legales. En situaciones como la Dación en Pago, es importante
comprender las implicaciones legales y patrimoniales que pueden surgir, sobre todo si la pareja comparte una vivienda y existe una deuda hipotecaria. Para evitar conflictos, lo ideal es contar con asesoramiento legal especializado.